Seleccione el cargo al que aspira (El cargo seleccionado se visualizará en color verde)
Supervisor General
Supervisor Escolar
Supervisor Técnico
Impresión de comprobantes Ficha de Inscripción ciclo lectivo 2024
CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN
JUNTA DE CLASIFICACIÓN Y DISCIPLINA DE EDUCACIÓN SECUNDARIA, PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO
Inscripción Complementario
CICLO LECTIVO 2024
Datos Personales
Nro de Documento:
Apellidos:
Nombres:
Nacionalidad:
Domicilio:
Fecha Nacimiento:
Teléfono Fijo:
Teléfono Móvil:
Correo Electrónico:
Sede:
CONCEPTOS (Solo para cargos directivos) Deben ser llenados por los Directores de los Establecimientos (caso contrario seran excluidos) y corresponder a los ultimos 3(tres) años en que haya sido calificado el aspirante en el cargo base respectivo (Art. Nro 22 y su reglamentacion Ley Nro 14.473). Deberá presentar constancia de servicios de la Institución en la que se inscribe .
Comprobante de Inscripción:
Formulario Generado el 28-03-2024 09:03
Docente con Inscripción
Ud. ya registra una inscripción completa en el sistema.
No puede volver a inscribirse. Ante cualquier duda concurra a las Oficinas de la Junta de Clasificación y Disciplina - Sede Ushuaia, sita en Río Grande N° 91
A tener en cuenta: Si es su primera inscripción o re-apertura de legajo, debe elegir la ciudad en la que dejará como exclusiva para todas las inscripciones posteriores. Si ya posee legajo, seleccionar la ciudad donde se encuentra el mismo.
Si Ud. tiene legajo en la sede de Río Grande y selecciona Ushuaia o viceversa, será excluido, por no existir legajo en la ciudad Seleccionada. Nota: Inscripción solo para docentes que hayan recibido su título entre el 01/07/2023 al 31/3/2024.
3.8 Para Aspirantes a Cargos Directivos y/o Subjefe de Preceptores y/o Jefe General de Enseñanza Práctica y/o Regente de Cultural General y Regente de Cultura Técnica deberán ser titulares en los establecimientos donde desearen ejercer y desempeñarse dentro del escalafón respectivo (artículo 116, Ley Nacional 14473). Requisitos obligatorios: presentar como archivo adjunto a la inscripción en formato PDF, según detalle: a) CONSTANCIA DE SERVICIO: Presentación Obligatoria, correspondiente al Establecimiento que aspira acceder, debidamente cumplimentada (Fecha de Alta, Fecha de Baja y/o Continúa; con la firma del Director y Secretario en color azul o en su defecto con copia fiel del original, firmado en Azul), caso contrario serán excluido de dicha inscripción. No se tomarán como válidas las planillas emitidas por el sistema S.I.G.E. b) CONCEPTOS: Presentación Obligatoria de los tres (3) últimos años en primera inscripción al cargo del colegio que se inscribe, o el último, en caso de dar continuidad a la inscripción, (teniendo en cuenta que el docente tiene presentado los anteriores en el colegio que se inscribe). Los mismos deberán tener consignada la función por la cual se está calificando al docente, en caso de cumplir más de una función se presentarán conceptos por separado, con la debida firma del docente en Azul. Será motivo de exclusión que la firma del Directivo, responsable del establecimiento, se encuentre pegada. La misma deberá ser de puño y letra. c) CUADRO DE CONCEPTOS: el Aspirante interesado, deberá solicitar al Director del establecimiento la confección del Concepto Anual o los Conceptos Anuales y luego proceder a completar la PLANILLA DE INSCRIPCIÓN PARA CARGOS DIRECTIVOS que le permita acceder a los cargos de Ascenso Jerárquico, conforme al modelo preestablecido por este Cuerpo Colegiado. Los directivos de los Establecimientos deberán completar el mismo con rúbrica en color AZUL y la firma deberá ser de puño y letra. No deberá ser pegada (caso contrario será excluido). Deberá quedar registrado en esa PLANILLA DE INSCRIPCIÓN PARA CARGOS DIRECTIVOS los tres (3) últimos años en que haya sido calificado el aspirante, en el cargo base respectivo (artículo 22 y su Reglamentación, Ley Nacional 14473). Posteriormente, el aspirante podrá adjuntar como documentación PDF a la ficha de inscripción. 3.9 REQUISITOS PARA CARGOS DE ASCENSOS JERÁRQUICOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA CICLO LECTIVO 2023. Los aspirantes a cargos de Supervisores deberán inscribirse en la Junta de Clasificación y Disciplina de Nivel Secundario del presente Ciclo Lectivo. Los listados de aspirantes a los mencionados cargos serán publicados junto con el Listado de Aspirantes a Interinatos y Suplencias de Junta de Clasificación y Disciplina de Nivel Secundario para el correspondiente Ciclo Lectivo. Los Aspirantes a los cargos de supervisión podrán interponer, si lo consideran pertinente, los Recursos/Reclamos en los periodos que indique la normativa en vigencia. Para acceder a los cargos de Ascenso Jerárquico Interinos, el aspirante debe haber cumplimentado la inscripción para cargos Directivos: VICE DIRECTOR / RECTOR (CÓDIGO 901) y se tendrá en cuenta la estructura de la Supervisión de Educación Secundaria. Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, en un todo de acuerdo al Decreto Provincial N° 2571/10, la Ley Nacional 14473, artículo 116, Punto IX y su Decreto Reglamentario N° 803/70, artículo 105 y Ley Provincial 1301, según detalle: 1- Para Supervisor General del Nivel Secundario Provincial: a) Poseer una antigüedad de (dieciocho) 18 años en la docencia. b) Ostentar el cargo de Supervisor Escolar Departamental/ Supervisor Técnico Departamental/ Director/a- -Rector/a Interinos. c) No haber usufructuado, en situación Activa, tareas pasivas dentro de los veinticuatro meses anteriores inmediatos al ofrecimiento del cargo como así tampoco Licencias comprendidas en el Decreto Territorial N° 692/86 6° III “b”, 6° IV “c”. d) Poseer un concepto, en el cargo de Supervisor Escolar Supervisor/Técnico Departamental /Director/a- Rector/a, no inferior a “Muy Bueno” durante los tres (3) años anteriores al ofrecimiento del cargo. e) Poseer titulación docente para el nivel. f) No haber sido pasible, en los tres (3) años inmediatos anteriores al ofrecimiento del cargo, de las sanciones previstas en el artículo 54, incisos a), b), c), d), e) y f) de la Ley Nacional 14473. g) No haber sido pasible, durante los diez (10) años de desempeño del ejercicio docente, anteriores al ofrecimiento, de las sanciones previstas en el artículo 54, incisos g) y h) de la Ley Nacional 14473. h) Podrán acceder al cargo los directivos interinos de las diferentes localidades. 2- Para Supervisor Escolar de Nivel Secundario Departamental: Zona Norte y Zona Sur a) Poseer una antigüedad mínima de dieciocho (18) años en la docencia. b) Ostentar el cargo de Supervisor Técnico Departamental -Director/a- Rector/a- Interino. c) No haber usufructuado, en situación Activa, tareas pasivas dentro de los veinticuatro (24) meses anteriores inmediatos al ofrecimiento del cargo como así tampoco Licencias comprendidas en el Decreto Territorial N° 692/86 6° III “b”, 6° IV “c” d) Poseer un concepto, en su rol de Supervisor Técnico y/o Director/a- Rector/a, no inferior a “Muy Bueno” durante los tres (3) años anteriores al ofrecimiento del cargo. e) Poseer titulación docente para el nivel. f) No haber sido pasible, en los tres (3) años inmediatos anteriores al ofrecimiento del cargo, de las sanciones previstas en el artículo 54, incisos a), b), c), d), e) y f) de la Ley Nacional 14473. g) No haber sido pasible, durante los diez (10) años de desempeño del ejercicio docente, anteriores al ofrecimiento, de las sanciones previstas en el artículo 54, incisos g) y h) de la Ley Nacional 14473. h) Podrán acceder al cargo los directivos interinos de acuerdo a su jurisdicción. 3- Para Supervisor Técnico de Nivel Secundario Departamental: Zona Norte y Zona Sur. a) Poseer una antigüedad mínima de 14 años en la docencia conforme al artículo 105 de la Ley Nacional 14473. b) Poseer una antigüedad de cuatro (4) años en el cargo de Director/a- Rector-a/, prescrito en el artículo 105 de la Ley Nacional 14473, en situación activa, según artículo 3° de la Ley Nacional 14473, en funciones e interino al momento de inscribirse. c) No haber usufructuado, en situación Activa, tareas pasivas dentro de los veinticuatro meses anteriores inmediatos al ofrecimiento del cargo como así tampoco Licencias comprendidas en el Decreto N° 692/86 6° III “b”, 6° IV “c”. d) Poseer un concepto, en su rol de Director/a –Rector/a, no inferior a “Muy Bueno” durante los tres (3) años anteriores al ofrecimiento del cargo. e) Poseer titulación docente para el Nivel Secundario. f) No haber sido pasible, en los tres (3) años anteriores al ofrecimiento del cargo, de las sanciones previstas en el artículo 54, incisos a), b), c), d), e) y f) de la Ley Nacional 14473. g) No haber sido pasible, durante los diez (10) años de desempeño del ejercicio docente, anteriores al ofrecimiento, de las sanciones previstas en el artículo 54, incisos g) y h) de la Ley Nacional 14473. h) Podrán acceder al cargo los directivos interinos de acuerdo a su jurisdicción.
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E J E M P L O
Encontrará el Número de inscripción en el comprobante de inscrripción que fuera generado con la inscripción anterior